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Escuela Superior de Agricultura del Valle del Fuerte

sábado, 16 de enero de 2010

Reglamento del laboratorio de fitopatología de la ESAVF



3.-REGLAMENTO

3.1 ORGANIZACIÓN

• La Escuela Superior de Agricultura del Valle del Fuerte dentro de su organización académico-administrativa cuenta con laboratorios para la docencia y la investigación. Estos son coordinados por el Coordinador de Prácticas y bajo su cargo se encuentran los responsables de cada laboratorio; podrán nombrarse becarios o brigadistas de servicio social como personal de apoyo.
• Para cada uno de los laboratorios pueden estar como responsables profesores adscritos a la Institución; éstos desarrollarán actividades de docencia, investigación y difusión afines a las funciones del laboratorio que se le haya encargado. A su vez, los encargados deberán organizar sus actividades con el Coordinador de Prácticas.
• Las tareas prioritarias de los laboratorios son la docencia e investigación; en el caso de difusión, esta deberá estar coordinada entre el Departamento de Difusión y la Coordinación de los Prácticas.

3.2 DERECHOS Y OBLIGACIONES

3.2.1 LABORATORISTAS
• Los Responsables de laboratorio tendrán a su cargo el resguardo del material, equipo y reactivos; deberán mantener actualizados los inventarios correspondientes.
• Es obligación del laboratorista portar la bata y otros accesorios definidos para su laboratorio.
• El Responsable de laboratorio deberá preparar con la debida oportunidad los materiales, equipos y reactivos que sean necesarios para las actividades programadas de los laboratorios, con excepción de aquellas actividades destinadas exclusivamente para los tesistas.
• El Responsable de laboratorio deberá inspeccionar, limpiar y guardar adecuadamente el equipo y materiales a su cuidado. De igual forma llevará el control para la reposición oportuna de material y equipos dañados, destruidos o faltantes.
• Los Responsables de laboratorio podrán permitir la entrada a los laboratorios sólo a aquellos alumnos o profesores investigadores que presenten el programa de trabajo de laboratorios autorizado por el Coordinador de Prácticas y el Coordinador Académico.
• Los Responsables de Laboratorio deberán coordinar y supervisar las actividades del los auxiliares de laboratorio (becarios y prestadores de Servicio Social) y otras personas externas.

3.2.2 PROFESORES
• Es responsabilidad del profesor programar las prácticas y otras actividades que se desarrollarán en el(los) laboratorio(s) que corresponde(n) a cada uno de los grupos y/o tesistas que atiende, al inicio de cada semestre.
• Cada profesor deberá portar la bata y otros accesorios correspondientes cuando realice actividades en el laboratorio.
• Es responsabilidad del profesor, dar las instrucciones y la orientación de la actividad de laboratorio programada a los alumnos, tan clara y detalladamente como lo requiera la seguridad de los participantes y el alcance de los objetivos de la misma.
• El profesor deberá estar presente en el laboratorio durante el desarrollo de las actividades que haya programado.
• Las actividades de laboratorio para una asignatura determinada serán controladas y evaluadas por el profesor a cargo.
• Los profesores que requieran para alguna actividad equipo especializado, deberán solicitarlo al Coordinador de Laboratorios y a la Coordinación Académica, quienes decidirán sobre su uso.

3.2.3 ESTUDIANTES
• Los alumnos podrán entrar a los laboratorios exclusivamente dentro de la fecha y hora programada para la actividad y con la presencia del profesor responsable de la asignatura o del trabajo de investigación.
• El alumno deberá realizar el trabajo de laboratorio con estricto apego a las disposiciones previamente establecidas por el asesor, el profesor, y/o el laboratorista responsable. Queda prohibido realizar cualquier otra actividad fuera del trabajo indicado.
• Es obligatorio para los alumnos:
3.2.3.1. Dejar su mochila en el sitio predestinado para ello.
3.2.3.2. Portar bata al ingresar a los laboratorios.
3.2.3.3. No fumar dentro de los laboratorios.
3.2.3.4. No introducir ni ingerir alimentos y/o bebidas en los laboratorios.
• Los alumnos realizarán el manejo de los materiales, equipo y reactivos con el cuidado y la responsabilidad necesarios para mantener su seguridad y la de los demás, así como para la mejor conservación de los mismos.
• Los alumnos deberán entregar el material y equipo empleados en perfectas condiciones, limpio y funcional. En el caso de deterioro o faltante, se obliga a reponer el mismo en un plazo máximo de 15 días.
• Los alumnos deberán entregar su reporte de prácticas en el lapso de cinco días hábiles al Responsable del Laboratorio.

3.2.4 TESISTAS
• Los tesistas podrán realizar sus trabajos de investigación y/o actividades relacionadas en los laboratorios, siempre que tengan asignado un asesor y que se hayan programado sus actividades al inicio del semestre.
• Los tesistas se obligan a preparar, utilizar adecuadamente, lavar, limpiar y guardar el material que requieran en el desarrollo de sus actividades.
• Los tesistas podrán emplear el equipo especializado únicamente para estudios previamente autorizados por el responsable del laboratorio y/o del coordinador de laboratorios. Además el alumno será supervisado continuamente por el asesor y/o el profesor del estudio en cuestión.

3.2.5 PERSONAS EXTERNAS
• En los laboratorios de la ESAVF podrán programarse actividades de docencia e investigación, previa autorización del Coordinador Académico, para personas externas a la institución tales como: tesistas, investigadores, profesores y estudiantes de intercambio, prestadores de servicio social, practicantes, residentes y visitas.
• Las personas externas deberán ajustarse a la programación de sus actividades y tendrán todas las obligaciones relativas al uso, conservación y resguardo de los materiales utilizados.

3.3 SANCIONES
• El laboratorista que incumpla con sus obligaciones recibirá las sanciones administrativas correspondientes por las autoridades de la ESAVF.
• El profesor que no programe las prácticas de su(s) materia(s) al inicio del semestre sólo podrá acceder a este servicio en los espacios que el laboratorio tenga fuera de la programación oficial.
• El alumno, interno o externo, que no cumpla con alguna de sus obligaciones, no tendrá derecho a uso del laboratorio por el tiempo que considere el responsable del laboratorio.

2 comentarios:

  1. exelente blg loredo...

    muy completo, eperemos un dia tenerlo asi jaja

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  2. exelente blg loredo...

    muy completo, eperemos un dia tenerlo asi jaja

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